Reuniones Familiares
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Reuniones Familiares

Nota de opinión .

“Las familias podrían volver a reunirse en Mendoza desde el 25”, titula reciente reportaje al Gobernador Suárez (Los Andes, 17/05/2020); “pedido que enviarán a la Nación para que lo permita luego del 24…para la semana del 25, la otra etapa”, agrega.

¿Resulta necesaria tal autorización? No parece tan claro. San Luis y La Pampa ya las autorizaron a partir del fin de semana próximo pasado, para regir sábados y domingos y “a la luz del sol”.- En tanto otras “Provincias ponen el foco en reactivación de actividades sociales en camino a fase 5” (www.ambito.com, 17/05/2020).

La duda queda despejada al leer el art 10 del DNU 459/20, que prohíbe los “eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos” y otros tales como “clases presenciales, centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes, transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, actividades turísticas, apertura de parques, plazas o similares”.

Tales vedadas actividades tienen un común denominador: pueden ser causa de aglomeraciones de gente, con el consiguiente riesgo de multiplicación y/o aceleración de un potencial contagio; características y aspectos normalmente ajenos a los encuentros familiares de fines de semana .-Y hasta el propio Suárez reconoce que entre las prohibiciones del DNU “en ningún lugar dice ‘reuniones familiares’ pero sí dice ‘eventos particulares", aunque luego duda y se pregunta “Qué es un evento particular? Un cumpleaños en una casa, no se puede. Que vengan mis hijos a comer un asado conmingo, va a haber que regularlo”-

De cualquier modo, ante la inexistencia de nuevos casos en Mendoza, la cuestión interpretativa no debió paralizar a Suárez, quien –si dudaba de sus facultades para actuar por sí- podría haber solicitado permiso nacional ya el lunes 11 próximo pasado (pues el propio art 10 del Decr 459/20 ya le habilitaba tal posibilidad, previo visto bueno de la autoridad sanitaria y autorización del Jefe de Gabinete de Ministros (léase Cafiero).

Concluyendo: el delicado equilibrio entre dos garantías constitucionales

fundamentales (Salud y Libertad) sugiere no dilatar más las cosas. Suárez puede lograr que las primeras reuniones familiares se concreten a partir del próximo sábado 23 y domingo 24, sea mediante urgente decreto provincial o autorización nacional; sin necesidad de esperar al 25 o después del 25.

Basta –como sugieren los caciques de San Martín, Junín y Rivadavia- un protocolo que prescriba días de encuentro (sábados y domingo), horarios (diurno), modalidades (transporte particular), organización (en caso de grupo numeroso), cuidados recíprocos (barbijos, distancia física), y controles (evaluación semanal de resultados); y la consabida premisa de limitar o prohibir los mismos a futuro en caso de infracción o alerta de coronavirus.